Radio América. El Ministerio Público a través de la Unidad Fiscal Especializada Contra Redes de Corrupción (UFERCO) presentó el lunes ante el Juzgado en Materia de Corrupción una solicitud de procedimiento especial de antejuicio.
La iniciativa legal está dirigida contra el alcalde capitalino, Nasry “Tito” Asfura y la regidora Nilvia Castillo Cruz, por la supuesta participación en varios delitos contra la administración pública.
De acuerdo con la petición de antejuicio planteada, el edil del Distrito Central habría desviado fondos de recaudación de la alcaldía por más de 28 millones de lempiras.
En ese sentido la fiscalía lo señala de al menos cinco delitos relacionados a abuso de autoridad, fraude, malversación de caudales, falsificación de documentos y lavado de activos.
Respecto al tema se ha referido este martes el abogado penalista Jorge Valladares, quien considera la aplicación de esta figura más por “salud procesal y evitar nulidades”.
El profesional del derecho inició explicando que el Código Procesal Penal no regula el antejuicio, el cual estaría exclusivo para jueces y magistrados.
“Nada más en esos casos son los superiores o jerárquicos los que resuelven sí a lugar o no el antejuicio”, agregó.
Valladares comentó que la Ley de Municipalidades constituye esa estipulación contraviniendo el Código Procesal Penal.
En una incoación de ese tipo, indicó, cabe el recurso de apelación y de amparo en caso de ser aprobada. “En lo que beneficia al acusado es que se da cuenta de qué lo están acusando y así puede preparar bien su defensa”.
Este antejuicio tendría como finalidad declarar Con Lugar la persecución penal por parte del Ministerio Público contra el alcalde Nasry Asfura y la cuarta regidora.
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