Radio América. A criterio del abogado, Ramón Barrios, el Ministerio Público no debe depender del Tribunal Superior de Cuentas (TSC) para ejercer una acción penal contra una persona acusada por corrupción.
“A mí me parece que es inconstitucional lo que hizo el Congreso Nacional porque le quita una facultad que esta establecida en la Constitución de la República, pues el MP no puede depender el TSC para ejercer la acción penal pública”, dijo en su participación en el programa Doble Vía, dirigida por el periodista Rodolfo Colindres.
Esto en relación a la Ley aprobada el pasado mes de noviembre de 2020 en el hemisferio legislativo, que establece que antes de realizarse un requerimiento fiscal por el MP, el TSC debe hacer una auditoria forense y establecer si procede al MP o no.
“Quien le cercenó una función constitucional al MP, fue el Congreso Nacional, de manera que se ha asegurado que quien tenga que acusarlo en un momento determinado sea la personal que ellos eligieron (en el TSC), que quien tenga que juzgarlo sea quien ha a elegido, que las leyes con las cuales se les va a juzgar (Código Penal) sea la que ellos hace poco eligieron”, cuestionó.
Con respecto al caso de posible corrupción de los hospitales móviles comprados por el exdirector ejecutivo de Inversión Estratégica de Honduras (Invest-H), Marco Bográn, el abogado asegura “que se está peleando una facción del Poder Ejecutivo con una facción del Poder Legislativo”.
“Por eso es que a veces miramos intentos, por un lado el MP clavado en la Empresa Nacional Portuaria (ENP), con un grado de interés, y por otro lado el Poder Ejecutivo tratando de aclarar el entuerto que ha hecho el señor Bográn, pero nadie debe olvidar quien puso a Bográn en el poder”, puntualizó.