Radio América. A través del PCM-001-2021 de fecha 03 de enero de 2021, se exceptuó de las restricciones de las garantías constitucionales a los funcionarios y empleados de la Secretaria de Trabajo y Seguridad Social, aplicando las medidas estrictas de bioseguridad emitidas por el Sistema Nacional de Gestión de Riesgos (Sinager) y la Secretaria de Salud.
En ese sentido, se le autoriza a esta Secretaría de Estado la apertura de todas las dependencias y servicios a nivel nacional en el ámbito de sus competencias, en consecuencia, los plazos y términos legales que se encuentran en suspenso en el marco de los decretos legislativos, PCM y circulares.
“El Congreso Nacional nos faculta para habilitar los tiempos y plazos que estaban retenidos, en ese sentido, la Secretaría de Trabajo apertura sus actividades en dos etapas”, precisó el ministro de Trabajo, Olvin Villalobos.
El funcionario detalló que la primera etapa de atenciones se habilitará a partir del día lunes 11 de enero de 2021, con excepción del trámite de presentación de solicitud de suspensión de contratos de trabajos.
Para el proceso de presentación de solicitud de suspensión de contratos de trabajo, informó se habilita el plazo de treinta días hábiles a partir del día lunes 18 de enero del 2021.
En cuanto a la suspensión de contratos, Villalobos dijo que la emergencia sanitaria sigue siendo la causa que las empresas están utilizando para dichas suspensiones.
“Muchas de las suspensiones de contratos de trabajo ya sucedieron en estos meses, y las empresas lo que harán es materializar esas solicitudes en tiempo y forma”, aseveró el ministro.
Finalmente, expresó que todo proceso de suspensión de contrato de trabajo tiene un protocolo a seguir en el marco de la ley, y que ese procedimiento es el que la Secretaría de Trabajo está analizando para ver si es procedente o no.
Con información de Douglas Varela