Radio América. El abogado Joaquín Mejía, dijo que el decreto de amnistía para la liberación de presos políticos y funcionarios que fueron perseguidos por oponerse al golpe de Estado de 2009, no debe utilizarse para eximir de responsabilidad penal o civil a los acusados de corrupción.
Mejía manifestó que es importante que las personas comprendan que las leyes de amnistía son leyes que eximen a determinadas categorías de personas de responsabilidad civil y penal, pero señaló que hay un riesgo con estas leyes porque pueden aprobarse por dos propósitos:
Ejemplificó que un propósito positivo es cuando se busca aliviar las injusticias en la aplicación del derecho penal en la que las personas han sido objeto en situación de vulnerabilidad o marginación como los que defienden los territorios y los que se opusieron al fraude electoral.
Pero también manifestó que puede tener un propósito negativo cuando se busca beneficiar por ejemplo como en 2010 a militares, paramilitares o civiles que estuvieron involucrados en violaciones a derechos humanos.
“Esto nos debe de llevar a dejar claro que las leyes de amnistía no deben usarse para eximir de responsabilidad penal o civil a quienes están vinculados en casos de corrupción y cometido violaciones a derechos humanos”, remarcó.
En estos momentos expresó que se está viendo que la amnistía aprobada en el Congreso Nacional tiene un punto ambiguo que está permitiendo que delitos vinculados contra la administración del Estado puedan ser amnistiados, lo cual evidentemente desnaturaliza el objetivo de las amnistías.
El profesional del derecho cree que el responsable es el Congreso Nacional porque antes de aprobar cualquier ley debe ejercer un control preventivo de constitucionalidad, es decir, deben tener la total seguridad que sus leyes no sean contrarias a la Constitución de la República.
Pero apuntó que cuando el Congreso falla en su deber de ejercer ese control de constitucionalidad a priori, el Poder Judicial tiene el deber de ejercer el control de constitucionalidad a posteriori, eso significa que la aplicación de la ley de amnistía no es automática, y si considera que no se puede aplicar tiene que señalarlo y enviarlo a la Sala de lo Constitucional para determinar la constitucionalidad de la ley de amnistía.
Con información de Javier Rivera