Radio América. Las extradiciones de hondureños hacia los Estados Unidos sobre todo el ultimo pedido; el expresidente Juan Orlando Hernández, ha desnudado la fragilidad institucional del país, por qué no se crea entonces la ley que le dé certidumbre a la figura de la extradición. Hoy, (18.02.2022) en el programa <<Contra Punto>>, el periodista Lesman Morazán y sus invitados especiales los abogados Saúl Bueso, Jair López y Raül Suazo analizaron el tema; “Los entretelones de las extradiciones”.
Saúl Bueso – El abogado y comunicador social, manifestó su preocupación porque en el país no se enjuicia o se requiere a las personas que son señalados de haber cometido algún delito.
Recordó, que la figura de la extradición es antiquísima, “la podemos encontrar en la biblia, por tanto, no es una figura nueva”.
En ese sentido, comentó que, cuando se comete un delito en el exterior, el país donde se comete ese delito; tiene todo el derecho de acuerdo a convenciones de pedir la extradición, “para ello debe existir una convención o un acuerdo bilateral y en su defecto un procedimiento que lo permita; en el caso de Honduras no tenemos ley de extradición ni procedimiento, lo que se creó en la corte fue un auto acordado, que es un procedimiento para que se realice la extradición solicitada”.
“Honduras forma parte de la Convención de Extradición de 1927 y del Tratado Bustamante de 1928, es decir Honduras está obligado a enviar al exterior una persona requerida”, agregó.
Raül Suazo – La extradición explicó, es una colaboración entre estados en asuntos meramente penales para entregar a una persona que ha cometido un delito en un lugar y que se encuentra en otro lugar.
Es así que, el profesional del derecho comentó, “la extradición ha sido prohibida en este país, en todas nuestras constituciones y en la actual hasta que en 2012 se aprobó como una excepción, por tres situaciones; terrorismo, crimen organizado y narcotráfico”.
Manifestó que, cuando se presentan medios de prueba no debe probarse culpabilidad o inocencia ya que eso no está permitido; “eso sería una intromisión con el estado requirente, lo que debe revisarse es; si la persona pedida en extradición cumple una de las tres o dos o los tres casos inclusive”.
De acuerdo a Suazo, el auto acordado no regula todas las situaciones, “es inaudito que vaya solo una parte (defensa) y no la contra parte acusadora (gobierno de los Estados Unidos), de hecho, el juez se convierte en juez y parte”.
El problema en nuestro país es que el Ministerio Público y la Corte Suprema de Justicia, no han actuado como deben actuar, “en los delitos de terrorismo, crimen organizado y narcotráfico prepondera el poder económico, político y armamentista; entonces es difícil poder juzgar a ese tipo de personas acá”.
Ante el escenario que se plantea sobre la negación a la petición de extradición, el abogado Suazo expresó que todo es posible pero que la lógica dice que no por la jurisprudencia en este tipo de casos.
Jair López – La enseñanza que nos deja en cuanto a la ética de la función pública es que, “nadie está sobre la ley”, dijo López. Lamentó que Juan Orlando Hernández haya utilizado su poder por tanto tiempo para afectar la institucionalidad del país.
Más allá de desear que se haga justicia lo que se debe sentir es pena de que el Estado de Honduras haya sido incapaz de hacer prevalecer la ley durante ocho años o más, “La enseñanza que nos deja el caso de este señor (JOH) es que la ley en este país no se puede cumplir”, afirmó.
“Nuestro ordenamiento jurídico nacional, la propia constitución que es la norma suprema del país permite la extradición de hondureños y la supedita a la existencia de un tratado y es ese tratado el que se convierte en cualquier ley secundaria del país”.
Para dar seguridad jurídica la Corte Suprema de Justicia, en relación a la extradición entendió que lo mejor era un auto acordado, “el artículo 83 de la Ley de Organización y Atribución de los Tribunales lo señala claramente, para la mejor administración de justicia, la corte suprema podrá dictar autos acordados que son disposiciones reglamentarias de carácter general encaminados al cumplimiento exacto de las disposiciones legales vigentes en materia de justicia y este es el caso”, en referencia a la solicitud de extradición del exmandatario hondureño, Juan Orlando Hernández.
“El pedimento de extradición va ser positivo y Juan Orlando Hernández va ser extraditado”, afirmó.
Finalmente, los invitados concluyeron que, la solicitud de extradición de Juan Hernández es cuestión de mero trámite y en el caso de la acción policial de la que fue objeto el día de su captura es un procedimiento normal, la policía solo cumplió con la orden de captura; el despliegue policial sirve en estos casos para dar seguridad al imputado por la figura que representa, evitando atentados contra su humanidad o una acción suicida de liberarlo, el haberle puesto las esposas especiales es un protocolo ya establecido, lo malo es la forma en la que se le expuso ante los medios, aseguran.
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