Radio América. El Congreso Nacional este lunes autorizó al Poder Ejecutivo que realice las transferencias electrónicas para ayudar a más de 60 mil familias afectadas por los huracanes Eta y Iota.
ARTÍCULO 1.- Autorizar al Poder Ejecutivo para que los apoyos solidarios autorizados mediante el Decreto Ejecutivo Número PCM-025-2020 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 28 de marzo del año 2020 en su edición número 35,212, reformado mediante el Decreto Ejecutivo Número PCM-035-2020 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 25 de abril del año 2020 en su edición número 35,235 y Decreto Ejecutivo Número PCM-050-2020 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”, el 9 de junio del año 2020 en su edición número 35,278, y todos aquellos que han sido aprobados o se aprobaren para atender a la población que ha sido afectada por las medidas de contención social del virus COVID-19.
Asimismo, por las tormentas tropicales Eta y Iota, sean entregados mediante transferencias monetarias por los mecanismos de transacción y/o pago electrónico, que se establecen en el Artículo 1 del Decreto Legislativo Número 50-2020 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 18 de mayo del año 2020 en su edición número 35,256, a efecto de que sean utilizados para la adquisición de alimentos, medicamentos, productos de bioseguridad o de aquellos bienes y servicios requeridos para suplir sus necesidades básicas.
Del mismo modo, se autoriza al Poder Ejecutivo a otorgar transferencias monetarias de emergencia, a la población afectada por las medidas de contención social para evitar la propagación del virus COVID-19, así como por las tormentas tropicales Eta e Iota.
Segundo Dictamen
Decreto orientado a “Reformar el Artículo 2 del Decreto No. 148-2020, aprobado el 12 de noviembre de 2020 y publicado en el Diario Oficial la Gaceta el 17 de noviembre del 2020 donde se aprobó la ampliación por dos (2) años de las Reglas Plurianuales de Desempeño Fiscal para el Sector Público No Financiero.
“Durante el periodo de suspensión de las Reglas Plurianuales de Desempeño Fiscal se establece un techo anual para el déficit del balance global del Sector Público No Financiero (SPNF), que para el año 2020 podrá ser hasta cinco punto cinco por ciento (5.5%) del Producto Interno Bruto (PIB)…”
Asimismo, durante el periodo de suspensión de las Reglas Plurianuales de Desempeño Fiscal el incremento anual del Gasto Corriente nominal de la Administración Central para el año 2020 no podrá ser mayor al ocho punto cero por ciento (8.0%); …”.
Información: Rony Salinas