Radio América. El Congreso Nacional este miércoles aprobó la «Ley de Organización y Transmisión de Debates Presidenciales» en Honduras
La Ley tiene por objeto regular la organización, moderación y transmisión de debates electorales televisados para los candidatos a la Presidencia de la República, con el fin de fomentar la transparencia, la participación ciudadana y el acceso equitativo a la información.
Para tal efectos se entenderá por Comisión de Debates Presidenciales (CDP) a los responsable de establecer las reglas especÃficas del debate, seleccionar a los moderadores, y coordinar todos los aspectos logÃsticos del evento.
Será un evento público en donde los candidatos a la presidencia exponen, contrastan y debaten sus propuestas y programas de gobierno, candidato o persona oficialmente inscrita como aspirante a la presidencia de la República de Honduras.
Moderador es la persona encargada de dirigir el debate, asegurar el cumplimiento de las normas establecidas y gestionar las interacciones entre los candidatos.
Organizador del Debate es la Entidad encargada de la logÃstica, producción y transmisión de los debates.
La referida Ley es de orden público y será aplicable a todos los debates presidenciales organizados en el marco de las elecciones generales en Honduras.
Responsable
El Consejo Nacional Electoral (CNE) será la entidad responsable de supervisar y coordinar los debates presidenciales y podrá delegar la organización a una entidad independiente bajo su supervisión para garantizar la imparcialidad y transparencia del proceso.
Además, se constituirá una Comisión de Debates Presidenciales, integrada por tres representantes del Consejo Nacional Electoral, quien presidirá la comisión.
Un representante de universidades públicas y privadas electo por el Consejo de Educación Superior.
Un representante del Colegio Profesional de Periodistas. Tres expertos en procesos electorales y un representante de los trabajadores.
Esta comisión será responsable de establecer las reglas especÃficas del debate, seleccionar a los moderadores, y coordinar todos los aspectos logÃsticos del evento.
La Comisión de Debates Presidenciales Electorales responsables de la organización de cada debate, deberán comunicar a los partidos polÃticos o alianzas mediante oficio, por lo menos con ocho dÃas de anticipación al evento; la fecha, hora y lugar para la realización de este, la mecánica y formato especÃfico que se seguirán, considerando los siguientes aspectos:
Duración del debate
1. Tiempo máximo de duración del debate, que será de 90 minutos.
2. Número de rondas o segmentos del debate será de 15 minutos, cada segmento corresponde a un tema determinado.
3. Tiempo máximo de cada ronda.
4. Tiempo de exposición, réplica y contrarréplica.
5. Logotipos y slogan para la producción.
6. Preparación previa de los candidatos.
7. Visita previa al lugar del debate.
8. Numero de acompañantes por candidato.
9. Tipo y cantidad de medios de comunicación presentes en los debates.
10. El nombre del Moderador.
11. Reglas de orden establecidas en la presente ley y alguna otra que por resolución la Comisión de Debates Presidenciales establezca, mismas que podrá solicitar al Consejo Nacional Electoral o al Congreso Nacional para considerar en reformas a la presente ley.
Para garantizar que se realice el debate, la Comisión de Debates Presidenciales deberá:
1. Promover la difusión del debate en los medios de comunicación nacional, según sea el caso.
2. Garantizar que el lugar donde se lleven a cabo los debates no guarde ninguna relación con partido polÃtico o asociación polÃtica alguna, ni con alguno de los candidatos contendientes en la elección de que se trate.
3. Acreditar a los medios de comunicación del estado y/o regional que cubrirán los debates.
4. Asignar a los medios de comunicación un espacio especÃfico en los debates para la adecuada cobertura de este.
5. Determinar las reglas de orden, respeto y civilidad que tendrán que guardar los participantes en los debates.
6. Determinar las normas de comportamiento de los asistentes al debate, cuidando especialmente que no se interrumpan, alteren o manifiesten a favor o en contra de algún candidato. Pudiendo pedir al equipo organizador de apoyo el retiro de quienes no atiendan las indicaciones.
Sorteo
Para la preparación y desarrollo de los debates, el Consejo Nacional Electoral llevarán a cabo un sorteo entre los partidos polÃticos o alianzas que participarán en el mismo, con el fin de determinar la ubicación y orden de las intervenciones en cada uno de los temas a debatir, garantizándose que haya rotación en el orden de intervención de cada candidato, en las diferentes rondas del debate.
El sorteo a que se hace referencia en el artÃculo anterior se efectuará a más tardar tres dÃas antes de la fecha definitiva en que se haya fijado el debate, por la Comisión de Debates Presidenciales.
Reglas
En todo debate regulado por el Comisión de Debates Presidenciales se cumplirán las siguientes reglas:
1. En el desarrollo de las etapas del debate, los candidatos no podrán apoyarse para la realización de sus intervenciones con el uso de cualquier tipo de dispositivo electrónico, asà como de ningún otro objeto que no sean los documentos que utilicen para su exposición, por lo que únicamente podrán expresarse a través del lenguaje.
2. Los candidatos al hacer uso de la palabra en cualquiera de las etapas del debate deberán observar y respetar el contenido de los temas y los tiempos de exposición acordados, asà mismo deberán evitar proferir en su discurso palabras o señas obscenas, asà como agresiones o alusiones a la vida privada de los demás.
3. Contendientes, en todo caso podrá intervenir el moderador y hacer la amonestación correspondiente.
4. Hacer moción de orden por conducto del moderador, si se considera que no se están acatando las reglas de orden, respeto y civilidad.
5. Garantizar la seguridad de los candidatos y los asistentes al debate, con el apoyo de los cuerpos de seguridad pública que estimen convenientes.
6. La Comisión de Debates Presidenciales se apoyarán en la Comisión de Educación CÃvica para cualquier asunto relacionado con la organización, producción y apoyo a la difusión del debate.
7. El candidato que llegue tarde al inicio de la realización del debate perderá su turno en la etapa correspondiente, pudiendo participar hasta el desarrollo de la etapa siguiente.
Herramientas de comunicación
Se entiende por difusión, las acciones encaminadas a promover la celebración y organización del debate a través de diversas herramientas de comunicación, tales como impresos, internet, spots de radio y televisión, asà como los que el Comisión de Debates Departamentales considere apropiados y conforme a lo presupuestado.
La composición de la Comisión de Debates Presidencial deberá reflejar la diversidad del paÃs, incluyendo diferentes géneros, etnias y perspectivas polÃticas, para asegurar que todas las voces sean representadas en el proceso de organización de los debates.
La selección de moderadores y expertos también deberá considerar la diversidad, promoviendo la inclusión en todos los niveles del proceso.
La Comisión de Debate Presidencial convocará las reuniones técnicas en las que puede participar cada candidato/a con dos representantes.
La fecha de esta reunión será pautada entre quince y siete dÃas calendario antes del Debate. Los temas tratados en esta reunión girarán en torno a la logÃstica general de producción, revisión del temario y preparación de los/as candidatos/as.
Al cierre de este encuentro los representantes firmarán un acta con los aspectos acordados; la que será remitida a los partidos polÃticos cuyos candidatos participan en el debate.
Lo dispuesto en el presente capÃtulo versa sobre la difusión y divulgación de los debates presidenciales cubre las estrategias necesarias para garantizar que todos los ciudadanos hondureños tengan acceso a la información y a los debates entre los candidatos a la presidencia.
Este capÃtulo se enfoca en maximizar el acceso a los debates presidenciales mediante una estrategia de difusión multiplataforma, asegurando que todos los hondureños, sin importar su ubicación o condición socioeconómica, tengan acceso equitativo a la información polÃtica necesaria para tomar decisiones informadas.
Cadena Nacional
Los debates presidenciales deberán ser transmitidos en cadena nacional, obligando a todas las estaciones de televisión y radio del paÃs a emitir los debates en vivo y sin interrupciones.
La Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) coordinará y facilitará la transmisión de estos debates en todos los medios de comunicación., garantizando una cobertura amplia y accesible para todos los ciudadanos.
De conformidad con la Ley Marco del Sector de Telecomunicaciones, emitida mediante Decreto Legislativo 185-95, artÃculo 10, las estaciones de radio, televisión y otros servicios de difusión estarán obligadas a otorgar espacios para la transmisión de estos debates cuando CONATEL lo solicite, considerando su carácter de interés nacional, cultural y cÃvico.
Sanciones
Los medios que no cumplan con esta obligación estarán sujetos a las sanciones administrativas según lo dispuesto en la Ley de Telecomunicaciones.
Además, se garantizará la transmisión en plataformas digitales y redes sociales para asegurar que todos los ciudadanos puedan acceder a los debates, independientemente de su ubicación
Los debates presidenciales estarán disponibles en tiempo real en las plataformas digitales oficiales del Consejo Nacional Electoral (CNE) y en el portal de la Comisión de Debates Presidenciales (CDP).
Las transmisiones en lÃnea deberán estar optimizadas para garantizar un acceso fluido desde cualquier dispositivo electrónico.
Transmisión
Las grabaciones de los debates estarán disponibles para su consulta en los sitios web oficiales hasta un mes después de las elecciones, permitiendo que los ciudadanos puedan revisarlas en cualquier momento. Se proveerá de subtÃtulos y accesibilidad para personas con discapacidad auditiva.
La Comisión de Debates Presidenciales debe coordinar la transmisión de los debates a través de plataformas populares de diferentes redes sociales, para alcanzar un público más amplio, incluyendo a los hondureños en el extranjero.
Se incentivará la interacción ciudadana mediante el uso de hashtags oficiales y se facilitará la posibilidad de formular preguntas a los candidatos, que serán consideradas para futuros debates.
Antes de cada debate, se realizarán campañas en redes sociales para asegurar que la mayor cantidad de ciudadanos esté informada sobre los detalles de los eventos.
Las publicaciones en redes sociales incluirán avances, citas de los candidatos, y resúmenes de los puntos clave del debate para mantener la discusión activa y accesible.
Los debates deberán contar con intérpretes de lenguaje de señas y subtÃtulos en tiempo real, tanto en las transmisiones televisivas como en las digitales. Se garantizará el acceso a las plataformas de transmisión en áreas rurales.
Se debe asegurar que la transmisión alcance incluso a las zonas rurales, utilizando tecnologÃas disponibles para aumentar la accesibilidad, tales como la radiodifusión y aplicaciones móviles.
Todos los miembros de la Comisión de Debates deberán presentar una declaración de intereses, revelando cualquier posible conflicto de interés, antes de asumir sus funciones.
Los miembros con conflictos de interés significativos deberán abstenerse de participar en decisiones que puedan verse afectadas por dichos conflictos.
Información: Héctor Murillo
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