Radio América. En la sesión virtual de este jueves 23 de diciembre, los diputados del Congreso Nacional se manifestaron y votaron en contra de una iniciativa ciudadana presentada por dirigentes magisteriales.
“La iniciativa ciudadana busca derogar un decreto que le da a los maestros jubilados la potestad de decidir si un beneficio que la antigua ley le dio, el cual sus familiares o quien designe reciban 60 sueldos al momento de su fallecimiento, puedan gozar ellos de esos sueldos en vida; gozarlo parcialmente; o que en efecto sea entregado a sus familiares”, explicó el diputado Mario Pérez.
En 2019, en el Congreso Móvil de Gracias, Lempira, se aprobó dicha reforma para darle la facilidad a los docentes de disfrute esos 60 sueldos por su jubilación, en vida y subsistir a pesar de su pequeña jubilación.
“El beneficio que se busca es darle mayor liquidez a la mano de los docentes jubilados que en muchos sus casos su pensión no alcanza para medicamentos y los gastos de su casa, tendrá un pequeño impacto, pero vamos a beneficiar a más de 11 mil maestros que dedicaron su vida a la educación pública y que merecen de nosotros todo el reconocimiento y el apoyo”, explicó Pérez.
Reforma socializada
En agosto de este año, mediante un boletín explica que el Congreso Nacional socializó estos beneficios y reformas con representantes de los docentes jubilados, los cuales se mostraron satisfechos con la misma.
A pesar de esto, la iniciativa ciudadana fue presentada por la cúpula y dirigentes Magisteriales del COLPEDAGOGOSH, Colegio Profesional Unión Magisterial de Honduras COPUMH, Plataforma Nacional de Maestros y Jubilados del INPREMA y Primer colegio Profesional Hondureño de maestros PRICHMA
DICTAMEN
Los suscritos miembros de la COMISIÓN ESPECIAL, nombrados por el Presidente del Congreso Nacional, para emitir Dictamen en relación a la INICIATIVA CIUDADANA que contiene del Proyecto de Decreto orientado a “REFORMAR LOS ARTÍCULOS 9, 29, 55, 57, 59, 63, 67, 71, 78, 79, 80,83,125 y 126 DE LA LEY DEL INSTITUTO NACIONAL DE PREVISIÓN DEL MAGISTERIO, CONTENIDA DECRETO No. 247-2011DE FECHA 14 DE DICIEMBRE DEL 2012 Y PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL “LA GACETA” EL 22 DE DICIEMBRE DEL 2012, EDICIÓN No. 32,701 Y SUS REFORMAS, iniciativa ciudadana presentada a consideración del Pleno por:
Dirigentes Magisteriales del COLPEDAGOGOSH, Colegio Profesional Unión Magisterial de Honduras COPUMH, Plataforma Nacional de Maestros y Jubilados del INPREMA y Primer colegio Profesional Hondureño de maestros PRICHMA; sobre la tarea encomendada esta Comisión de Dictamen se pronuncia conforme a las consideraciones siguientes:
PRIMERO: Que el Proyecto de Decreto a que se refiere este Dictamen tiene como finalidad realizar reformas a diversos artículos de la Ley del Instituto Nacional de Previsión del Magisterio, relacionados al tiempo de cotización y los requisitos para acceder a los beneficios que el mismo otorga, reduciendo el tiempo de cotización y ampliando los beneficios económicos que este otorga, propuesta que no fue acompañada del estudio actuarial correspondiente, ni el impacto económico y financiero que estos cambios causarían al instituto y como se verían afectado a futuro el goce de los beneficios que el mismo otorga.
SEGUNDO: Que el sistema de pensiones de Honduras se compone de un sistema obligatorio público y un sistema voluntario privado. El sistema de pensiones público está conformado por la suma de distintos programas administrados por cinco institutos públicos de seguridad social que funcionan según la modalidad de reparto con beneficios definidos. El sistema de pensiones privado se rige por la modalidad de capitalización individual.
En el caso del sistema previsional estatal el mismo busca brindar amparo a las personas que, por diversos motivos, no están en condiciones de ganarse el sustento a través del trabajo, ello mediante la aportación de recursos económicos denominados jubilaciones o pensiones según sea el caso con base en la ley según la institución de previsión de que se trate.
TERCERO: Dentro del sistema público, el instituto de mayor tamaño es el Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), que cubre a empleados del sector privado. Al 2012, el IHSS representó el 77% del total de aportantes al sistema. El resto de las instituciones provee regímenes propios a diferentes grupos sectoriales: a los maestros públicos y privados, por medio del Instituto Nacional de Previsión del Magisterio ( INPREMA ); a los profesores y personal de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras con el Instituto de Previsión de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (INPREUNAH); a los miembros de las fuerzas armadas, las policías y los bomberos, a través del Instituto de Previsión Militar (IPM); y al resto de los servidores públicos civiles, de los que se hace cargo el Instituto Nacional de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo (INJUPEMP).
CUARTO: Debido a los cambios sociales, económicos, así como entre las relaciones del capital y el trabajo propios de cada sociedad, en los últimos años, Honduras ha realizado importantes modificaciones que han tenido impacto tanto en la sostenibilidad como en la cobertura del sistema de seguridad social del país, pasando por una serie de estudios actuariales que han dado paso a reformas tanto legales como paramétricas en los diferentes institutos previsionales del país. La sostenibilidad de los sistemas previsionales del país, es responsabilidad del Estado de Honduras, por ello se impulsó la serie de modificaciones antes referidas siendo uno de los principales avances en el proceso la reforma a la Ley del Instituto Nacional de Previsión del Magisterio (INPREMA), mismo que arrastraba desde hacía varios años una situación deficitaria, reportando al año 2011 un déficit de aproximadamente 79,168 millones de lempiras, por lo que para resolver este problema institucional y darle sostenibilidad al mismo se introdujeron numerosos cambios paramétricos con el objetivo de mejorar la sostenibilidad actuarial de este instituto. La iniciativa tuvo éxito en frenar la aguda crisis financiera que enfrentaba la institución, en reducir el déficit actuarial en valor presente de un 27% del PIB a un rango de entre el 9% y el 13%, entre otros avances que se han presentado en el mismo y la administración de sus fondos.
QUINTO: La reforma presentada a través de la Iniciativa ciudadana en la cual se plantean una serie de modificaciones tanto para reducir el número de cotizaciones y las edades de jubilación, así como una aplicación gradual de la nueva ley, segmentado la población más próxima a la edad de jubilación otorgándoles mayores facilidades para el acceso a los beneficios otorgados por el INPREMA, no cuenta con un estudio actuarial que provea los datos necesarios que permitan a esta Comisión adoptar la decisión más prudente, que propicie la sostenibilidad del sistema, ya que en principio todas las modificaciones de la Ley del INPREMA tuvieron como finalidad incrementar el ahorro previsional para asegurar el nivel de las pensiones en un futuro, y la reforma planteada implica una alteración de las condiciones actuales de la operatividad y administración de los fondos de pensiones del magisterio, lo que alteraría la actual situación de recuperación del INPREMA, lo que en un futuro podría afectar de manera negativa el mismo llevándolo nuevamente a un déficit que pondría en riesgo su sostenibilidad en el tiempo y por ende las prestaciones que este otorga.
En razón de lo antes expuesto, la COMISIÓN ESPECIAL emite Dictamen “DESFAVORABLE” sobre la iniciativa ciudadana contentiva del proyecto de Decreto orientado a “REFORMAR LOS ARTÍCULOS 9, 29, 55, 57, 59, 63, 67, 71, 78, 79, 80,83,125 y 126 DEL DECRETO No. 247-2011, CONTENTIVO DE LA LEY DEL INSTITUTO NACIONAL DE PREVISIÓN DEL MAGISTERIO, DE FECHA 14 DE DICIEMBRE DEL 2012 Y PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL “LA GACETA” EL 22 DE DICIEMBRE DEL 2012, EDICIÓN No. 32,701 Y SUS REFORMAS, iniciativa presentada a consideración del Pleno por: Dirigentes Magisteriales del COLPEDAGOGOSH, Colegio Profesional Unión Magisterial de Honduras COPUMH, Plataforma Nacional de Maestros y Jubilados del INPREMA y Primer colegio Profesional Hondureño de maestros PRICHMA. Salvo mejor pensamiento y criterio del Pleno.