Radio América. El pleno del Congreso Nacional este jueves inició la discusión en su primer debate del dictamen de la Ley Especial de Organización y Funcionamiento de la Junta Nominadora para la proposición de candidatos a magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), misma que se espera sea aprobada por unanimidad en la sesión del viernes, tras dispensar un debate.
El proyecto de ley fue elaborado por la Secretaría de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción, que lidera el ex fiscal general Edmundo Orellana, con el apoyo de expertos de la oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Honduras (OACNUDH).
La normativa tiene como finalidad generar máxima legitimidad, transparencia y confianza en la elección de los magistrados de la CSJ.
Asimismo, garantizar la independencia de la futura Corte Suprema respecto a actores políticos, económicos, formales o fácticos, así como evitar la penetración del Poder Judicial por quiene operan en la ilegalidad.
Novedades del proyecto de ley
La iniciativa se inserta en el Plan de Gobierno de la presidenta Xiomara Castro, en el sentido de refundar el sistema de justicia para dotar a la población de seguridad jurídica, objetivo que se logrará si las personas que conducen el Poder Judicial sean personas de intachable conducta.
En las novedades se destaca:
• La nueva Ley de la Junta Nominadora contiene 28 artículos.
• La normativa permitirá la auto postulación de candidatos.
• La nómina de candidatos propuestos para la CSJ, deberán incluir al menos una mujer, como delegada, propietaria o suplente.
• La JN ejecutará una matriz de evaluación técnica elaborada de acuerdo con los estándares internacionales de derechos humanos desarrollados por la Relatoría Especial de Naciones Unidas.
• La Secretaría de Transparencia y Lucha contra la Corrupción (STLCC) convocará públicamente a una asamblea de las organizaciones de la sociedad civil debidamente registradas, para la elección de sus representantes.
• Se aumentó la edad mínima para ser integrante de la Junta Nominadora a 35 años.
• Los integrantes de la JN deberán ser miembros activos o parte del personal de la institución u organización que lo propone desde al menos dos (2) años antes a su designación.
• No podrán integrar la Junta Nominadora quienes sean parte en litigios judiciales activos, o estén siendo investigados, por violaciones de derechos humanos, corrupción, lavado de activos y narcotráfico.
• No podrán integrar la Junta Nominadora quienes sean miembros directivos de partidos políticos u ostenten al momento de su designación cargos públicos de elección directa.
Información: Héctor Murillo
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