Radio América. Un grupo de organizaciones exigieron este viernes al Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) que se pronuncie sobre la petición de nulidad de la resolución que clasifica de reservada la información del financiamiento privado a las campañas políticas en el país.
La exigencia hacia el instituto fiscalizador es que se pronuncie sobre la petición que presentaron para declarar nula la resolución antes mencionada.
La iniciativa busca conocer de forma pública los datos de quienes aportan, en forma privada, a las campañas electorales de los aspirantes a cargos de elección popular en Honduras.
Desde el 20 de mayo del 2021, se indicó, la Coalición Anticorrupción (CAP), el Centro de Estudios para la Democracia (CESPAD) y el Bufete Jurídico Justicia para los Pueblos (BJP) pidieron la nulidad de la resolución que clasifica como discreta la información sobre los datos e información de los aportantes.
La misma fue acompañada por la Asociación Democracia y los Derechos Humanos (ASOPODEHU) en conjunto con la organización internacional Abogados Sin Fronteras-Canadá.
Como se recordará, el 16 de enero de 2018, la Unidad de Política Limpia emitió el acuerdo número 001-2018 y solicitó al IAIP que aprobara la iniciativa como secreto.
El 8 de agosto de ese mismo año, durante el periodo de los anteriores comisionados, el IAIP aprobó el acuerdo que vulnera el derecho de acceso a la información pública que tiene la ciudadanía, denunciaron las organizaciones.
En ese sentido se presentó el recurso sobre la resolución 086-2018, en un momento clave para el país, pues se está a las puertas de las elecciones generales el próximo 28 de noviembre.
Las organizaciones afirman que es necesario que el IAIP dé respuesta a su demanda y se ordene a la Unidad Técnica de Financiamiento, Transparencia, Fiscalización de Partidos Políticos y Candidatos ofrecer toda la información.
La petición la hacen las organizaciones, tomando en cuenta la importancia de los principios de máxima divulgación o transparencia que ordenan tanto la Ley de Financiamiento a los Partidos Políticos y sus candidatos, como la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Los puntos que fundamentan la petición de nulidad son al menos cinco, entre ellos, la aplicación indebida del artículo 3, numeral 7, en relación a los datos confidenciales “situación que no aplica a personas jurídicas, solo naturales”.
“La demanda de resolver la petición de nulidad a la secretividad es urgente porque afecta la transparencia del proceso electoral”, enfatizó.
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Con información: Javier Rivera