Radio América. El presidente electo del Colegio de Abogado de Honduras, Gustavo Solórzano, se refirió en su cuenta de X, al análisis técnico – jurídico que leyó el presidente de Congreso Nacional, Luis Redondo sobre el por qué no podía dar trámite a la renuncia de Salvador Nasralla como designado presidencial.
El profesional del derecho, indicó que lo sucedido en la sesión legislativa que se suspendió a la media noche “es un exceso de poder” y que lo diputados son lo que deben decidir si aceptan la renuncio de Nasralla o no.
Aquí la nota:
Después de leer el análisis jurídico constitucional sobre la renuncia del señor Salvador Nasralla, puedo comentar lo siguiente:
1.El Congreso Nacional (128 diputados de conformidad con el artículo 189 y 202 de la Constitución de la República) son los que tienen como órgano colegiado la atribución de decidir sobre la renuncia de Salvador Nasralla (artículo 205 numeral 12 de la Constitución), el análisis jurídico que se leyó pudo servir para debate, pero no para negar el derecho a los diputados a deliberar sobre la decisión de aceptar o no la renuncia del designado presidencial.
2.El análisis presentado se excede en cuanto al fondo del asunto, que es la admisión o no de la renuncia del designado Salvador Nasralla. El análisis leído se concentra en hacer una análisis interpretativo sobre si el señor Salvador Nasralla ha ejercicio la titularidad del ejecutivo y si eso lo habilita o inhabilita para ser candidato o presidente de la república, lo cual en este momento es un hecho incierto, debido a que el Consejo Nacional Electoral (CNE) a un no convoca a elecciones de conformidad con la Constitución y la ley, siendo este el órgano que en su momento debe de analizar los requisitos o inhabilidades para ser candidato a cargos de elección popular y no el Congreso Nacional de la República quien se debió limitar a conocer o no de la renuncia y ser sometido a votación de los 128 diputados.
3.Sobre lo ocurrido ayer no cierra el debate en el Congreso Nacional y se debe de considerar en la agenda legislativa la renuncia del designado presidencial, siendo los 128 diputados quienes deben de decidir sobre la admisión o no de la renuncia, ya que la opinión emitida es ilustrativa y el intérprete último de la Constitución es la Sala de lo Constitucional y no quien ejerza la presidencia del Congreso Nacional o este último en pleno.
4.Lo que ocurrió ayer es un exceso de poder, por lo que hacemos un respetuoso llamado a la reflexión para evitar un conflicto político bajo argumentos jurídicos que no encuentran razón lógica que le sustente. Los conflictos políticos solo afecta a la población en general y provoca un clima de incertidumbre que daña aún más a la debilitada institucionalidad hondureña.