Radio América. El magistrado de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Milton Jiménez Puerto, este lunes dijo que la reelección presidencial «no es legal», porque la Constitución de la República la prohÃbe.
«La reelección presidencial no es válida y ni siquiera debe ser objeto de reconocimiento alguno, solo basta con revisar la sentencia que emitió la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia en el primer periodo de Juan Orlando Hernández«, reseñó el entrevistado.
La sentencia
El profesional del derecho apuntó que en la determinación claramente no se establece la reelección presidencial, únicamente está sancionando penalmente el hecho que alguien la promueva.
Añadió que eso no significa que implique una reforma constitucional que solamente puede hacerse en el Congreso de la República, o, en el caso de los artÃculos pétreos a través de una Asamblea Nacional Constituyente.
En ese sentido el magistrado subrayó que es ilegÃtima la reelección presidencial, por lo tanto serÃa delito si un presidente (a) la busca para un segundo mandato.
A lo anterior, Puerto, consideró que no necesariamente la Corte Suprema de Justicia debe pronuncie al respecto porque la reelección es ilegal en el paÃs.
Cabe mencionar que la reelección presidencial generó polémica y problemas en el paÃs cuando el entonces mandatario Juan Orlando Hernández ganó las elecciones en el 2017, pese a que varios sectores cuestionaron que esa figura estaba prohibida por la Constitucion.
Sin embargo, algunos analistas hondureños consideran que la reelección presidencial ha quedado abierta, por lo tanto, debe ser regulada.
Reelección presidencial prohibida
Ante eso, el abogado constitucionalista Oliver Erazo, opinó sobre el tema y manifestó que el magistrado Milton Jiménez Puerto tiene razón en el sentido de que la sentencia que, «abusivamente utilizó el expresidente Juan Orlando Hernández para solicitar su inscripción y tener participación para un segundo mandato, constitucionalmente era prohibida».
El abogado refirió que la sentencia no establece que se habilita una reelección presidencial ya que es meramente exclusivo del poder constituyente originario.
Por tanto, esa determinación en ningún momento viabiliza que cualquier presidente o la actual mandataria de la República pretenda hacer uso de la misma para una nueva candidatura a la primera magistratura del paÃs.
Empero al tema, el togado arguyó sobre la importancia de fortalecer la institucionalidad y dejar claro que la sentencia era solo discutir la temática de la reelección y no para inscribir a un presidente con el fin de participar nuevamente en una candidatura por la presidencia de la República estando en el cargo.
«La reelección presidencial inmediata simple y sencillamente está prohibida por la Constitución», puntualizó el constitucionalista.
Información: Estela Rovelo
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