Radio América. El jefe de investigaciones del Consejo Nacional Anticorrupción (CNA), Odir Fernández, citó que no hay excusas para completar las firmas de los magistrados en el fallo de la Corte de Apelaciones que conoció el expediente de extradición del exmandatario hondureño, Juan Orlando Hernández.
“No hay excusas; si faltan algunos que firmen la resolución de la extradición, el Código Procesal Civil ya indica quién debe firmar en nombre de los que hacen falta”, expresó Fernández.
El miembro del organismo anticorrupción difundió el artículo 191 sobre la firma de las resoluciones, compartido por el abogado Miguel Villeda, catedrático de la Universidad Nacional Autónoma Honduras (UNAH).
El artículo establece que las resoluciones judiciales serán firmadas por el juez o por todos los magistrados no impedido dentro del plazo establecido para dictarlas.
Cuando después de decidido el asunto por un órgano jurisdiccional colegiado se imposibilitara algún magistrado de los que hubieren votado y no puede firmar la resolución, el que hubiere presidido lo hará por él, expresando el nombre del magistrado por quien firma y haciendo constar que el magistrado imposibilitado votó pero no pudo firmar.
Si el impedido fuera el presidente, el magistrado más antiguo en el ejercicio de su cargo firmará por él, cita textualmente el artículo.
La firma de tres de los 15 magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) estaría retrasando el proceso de extradición del expresidente Hernández a quien Estados Unidos requiere por delitos de narcotráfico.
El portavoz del Poder Judicial, Melvin Duarte, informó el viernes que hasta el momento 12 firmas han sido estampadas en el fallo de la Corte de Apelaciones.