Radio América. El abogado Fernando Padilla, magistrado de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia se refirió este martes a la declaración de no ha lugar a los recursos de inconstitucionalidad a la ley que dan vida a la denominada Ley de Amnistía Política presentados por la jueza Karla Romero.
“La Sala Constitucional ha declarado sin lugar dos recursos de inconstitucionalidad no por la forma, contenido o el fondo, se declaró sin lugar por falta de legitimación de la funcionaria judicial en vista que ella (Karla Romero) forma parte de un órgano colegiado del Poder Judicial”, dijo.
“Lo que la Sala Constitucional declaró no ha lugar es la falta de legitimidad, pero no hemos conocido el fondo el decreto de Amnistía con respecto a la Ley para la Reconstrucción del Estado Constitucional de Derecho y para que los Hechos No se repitan”, agregó.
En ese sentido, el magistrado Padilla reiteró que lo que la Sala Constitucional de la CSJ conoció fue la falta de legitimidad de los recursos de inconstitucionalidad presentados por la jueza Karla Romero, dado que esta es parte de un órgano colegiado del Poder Judicial.
“Otros 10 recursos de inconstitucionalidad presentados ante la Sala están en estudio, en su momento vamos a tener que emitir pronunciamiento”, comentó.
¿FUERA OTRA LA RESOLUCIÓN SI LOS RECURSOS SE HUBIERAN PRESENTADO EN FORMA COLEGIADA?
“Así es, la ley sobre Justicia Constitucional establece la forma de como debió hacerlo, debió hacerlo como órgano colegiado; en este caso un Tribunal de Sentencia integrado por cuatro jueces y en el expediente no constan las firmas u autorización de los demás miembros del tribunal”, expresó.
“La magistrada coordinadora de la Sala Constitucional, Marlina Dubón se excusó de conocer los recursos por razones personales. La ley ya establece que la persona interesada le asiste interponer un recurso de reposición”, finalizó diciendo.
Con información de Estela Rovelo.