Radio América. Por 16 delitos de calumnia por publicidad admiten querella interpuesta por el Ministro de Defensa, el general Fredy Santiago Díaz Zelaya, en contra en el excapitán del Ejército, Santos Orellana.
En ese sentido, la abogada Ritza Antúnez, representante legal del general Díaz Zelaya, confirmó la admisión de la querella contra el excapitán Santos Orlando Rodríguez Orellana, presentada por 16 delitos de calumnia por publicidad, y la misma será el próximo lunes a eso de las 10 de la mañana para llevar a cabo la audiencia de conciliación como parte del proceso legal a seguir.
La profesional del derecho explicó que querella se debe a que Orellana desde su separación de las Fuerzas Armadas, “el capitán se ha dedicado a desprestigiar a diferentes miembros de la institución castrense, e incluso, a ministros de otras Secretarías de Estado y hasta la Fiscalía General, con el único fin de provocar el desprecio público, ya que él exagente no cuenta con prueba alguna de las aseveraciones que hace”.
El general en condición de retiro y ex-jefe de las Fuerzas Armadas de Honduras (FFAA) presentó el recurso judicial mediante sus apoderados legales en la Corte Suprema de Justicia (CSJ).
El funcionario argumentó que el excapitán dado de baja en octubre de 2018 le ha difamado por más 15 de delitos que califica de calumnia, según la información.
De acuerdo a la querella, Rodríguez Orellana en más de 15 ocasiones en entrevistas brindadas en redes sociales, medios televisivos y radiales ha expresado que el general Fredy Santiago ha incurrido en delitos de narcotráfico en todas sus formas.
Orellana habría señalado a Díaz de construcción de pistas clandestinas, asociación ilícita, pertenencia a un cartel de la criminalidad, malversación de fondos para la construcción de presidios, entre otras afirmaciones.
Los demandantes aseguran que el exmiembro castrense ha hecho afirmaciones con falsedad y con desprecio absoluto de la verdad.
Según el querellante le está afectando el honor, la imagen, la intimidad, la vida privada.
Las calumnias hechas con publicidad deben ser castigadas con las penas de prisión de seis (6) meses a un (1) año y multa de quinientos (500) a mil (1000) días, y en el caso de que lo sean sin publicidad con la pena de multa de doscientos (200) a quinientos (500) días, indica el artículo 230 del Código Penal.
Las injurias y calumnias entiéndase son hechas con publicidad cuando se efectúan a través de impresos, televisión, radio, Internet, redes de información, ante una multitud de personas o a través de otros medios de eficacia semejante.
Información: Estela Rovelo