Radio América. El Congreso Nacional este miércoles aprobó reformas del Artículo 99 de la Ley de Transporte que establece que las tarifas mínimas del sector de carga, deberán aplicarse con base al último acuerdo administrativo que emita el Instituto Hondureño de Transporte Terrestre (IHTT).
En la lectura, se estableció que las tarifas mínimas fijadas por el IHTT para el transporte de carga, se aplicarán conforme al último acuerdo administrativo de tarifas vigentes que emita el Instituto, cuyos valores establecidos deben servir de base para la fijación que realice el Instituto Hondureño de Transporte Terrestre.
En lo referente al transporte de carga especializada de productos derivados del petróleo, se aplicará la tarifa establecida para esa categoría.
El incumplimiento a lo establecido en el párrafo anterior relacionado al pago por parte del usuario o intermediario del servicio de transporte de carga, al contratar por valores menores a la tarifa mínima, serán sancionados con cuatro salarios mínimos correspondiente a cada flete contratado (…).
De igual manera, se decretó que la reincidencia en el incumplimiento del pago o cobro de la tarifa mínima, determinada por una anterior sanción impuesta, tendrá una multa agravada del doble de la impuesta.
El pasado jueves, el titular del Legislativo, Luis Redondo, recibió en el Congreso Nacional a una delegación del transporte de carga, en la que participó el comisionado presidente del Instituto Hondureño del Transporte Terrestre (IHTT), Rafael Barahona.
Los concesionarios de transporte habían denunciado, en el pasado, problemas con el cumplimiento en el pago de las tarifas mínimas conforme a la ley vigente, gracias al decreto de reforma, esto no volverá a suceder.
Información: Héctor Murillo
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