RADIO AMÉRICA. Ante el incremento de casos de auto secuestro en el país, el abogado Salomón Amador expresó que este delito, tipificado en el Código Penal, se castiga con una pena de entre seis meses a dos años de prisión.
“Me arrepiento, no lo quise hacer, pero necesitaba dinero”: estas expresiones no son una justificación y no están contempladas como circunstancias que lo eximen del delito, expresó Amador.
En ese sentido, explicó que cualquier persona que comete un delito de auto secuestro se enfrenta a una pena con una multa que puede variar entre 100 y 300 días, con un pago de entre 20 y un máximo de 40 lempiras diarios.
Secuestro exprés
“El secuestro exprés o el secuestro en general, ambos son penados por la ley y tienen penas de 20 a 25 años; y si se causó la muerte de la víctima, o si se pagó el rescate, entonces las penas se aumentan”, expresó Amador.
En el secuestro exprés, el profesional del derecho explicó que este delito se materializa desde el momento en que la persona va a un cajero, hace el retiro y entrega el dinero.
Finalmente, señaló que este tipo de casos han logrado condenas, debido a que la mayor parte de los cajeros automáticos están ubicados en centros comerciales, donde hay cámaras de seguridad, y que con las declaraciones de testigos han permitido realizar sentencias condenatorias.
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