RADIO AMERICA
  • Inicio
  • Nacionales
  • Internacionales
  • Deportes
  • Opinion
  • Videos
  • Podcast
    • Conecta2
    • Dimensión Migratoria
    • En el Radar
    • Siempre, sobre la jugada
    • Liderazgo Femenino
    • Frenemos las tragedias viales – Podcast
  • EN VIVO
  • Servicios
    • Programación
    • Contáctenos
    • Quienes somos
    • Redes Sociales
No Result
View All Result
  • Inicio
  • Nacionales
  • Internacionales
  • Deportes
  • Opinion
  • Videos
  • Podcast
    • Conecta2
    • Dimensión Migratoria
    • En el Radar
    • Siempre, sobre la jugada
    • Liderazgo Femenino
    • Frenemos las tragedias viales – Podcast
  • EN VIVO
  • Servicios
    • Programación
    • Contáctenos
    • Quienes somos
    • Redes Sociales
No Result
View All Result
RADIO AMERICA
No Result
View All Result

Sí estaba intervenido: Carlos López Contreras

Por cnunez
12 de febrero de 2020
53
Visto

Para desgracia de Honduras, el convenio Maccih que tenía objetivos muy nobles, nació con vicios de nulidad en los campos del derecho interno y también en el ámbito del derecho internacional, al contradecir principios fundamentales de la Carta de San Francisco.

En lo interno, dichos vicios se advierten en su cláusula 3.1.1.3 mediante la cual, en lo pertinente autoriza a la Maccih “…a supervisar y/evaluar al Ministerio Público, al Poder Judicial, al Consejo de la Judicatura, la Dirección de la Investigación de la Policía de la Secretaría de Seguridad, la Procuraduría General de la República, la Inspectoría de Tribunales, la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, el Tribunal Superior de Cuentas, la Dirección Ejecutiva de Ingresos y otras entidades del Estado de Honduras, responsables del combate contra la corrupción y la impunidad”. ¿Serán estos menos que intervención?.

En mi lectura, un órgano que supervisa y evalúa al Ministerio Público y al Poder Judicial, solo para mencionar dos, implica una intervención en los asuntos de la jurisdicción interna de un estado soberano; e internamente, equivale a una reforma irregular de la Constitución, despojando a sus órganos fundamentales de la independencia de que están investidos, como expresión de la soberanía nacional. Sería difícil –aunque no imposible– encontrar un abogado que niegue que el convenio Maccih no vulneraba el derecho constitucional de Honduras, la soberanía del Estado y la independencia del Poder Judicial y que, en consecuencia, dicho convenio era nulo.

En su aplicación, el convenio Maccih saludaba la bandera en su artículo 7.3 al decir que actuará “dentro del ordenamiento constitucional y legal hondureño”, pero todos sabemos que eso no ocurrió, al extremo que la Sala de lo Constitucional, en su sentencia del 29 de mayo de 2018 señaló los vicios del convenio.

En el ámbito internacional, el colega reconoce paladinamente que la Convención de 1986 que él invoca como aplicable al convenio Maccih, no tiene una existencia jurídica porque no ha entrado en vigencia. Pero aunque la tuviera, dicha Convención no podría vulnerar una norma de derecho internacional imperativo, como lo son el respeto a la igualdad soberana de los estados, la solución pacífica de controversias, abstenerse de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier estado, o en cualquier otra forma incompatible con los propósitos de las Naciones Unidas. Y, recordemos, que el artículo 2, párrafo 7 de la Carta de las Naciones Unidas dispone, además, que “Ninguna disposición de esta Carta autorizará a las Naciones Unidas (o sus organizaciones regionales) a intervenir en los asuntos que son esencialmente de la jurisdicción interna de los estados”. Esta disposición tiene una validez y obligatoriedad “erga omnes”.

En suma, el convenio Maccih no podía, sin violentar el derecho constitucional de Honduras, establecer órganos investidos de competencias de evaluación y supervisión por encima de los órganos fundamentales del Estado de Honduras. Y, desde el punto de vista el derecho internacional, no podía hacerlo sin contradecir normas de derecho internacional imperativo.

Como miembro de las Naciones Unidas desde su fundación, Honduras tiene derecho a solicitar la cooperación internacional mediante convenios que respeten el derecho hondureño y el derecho internacional, por medio de profesionales competentes, sin sesgo político, que actúen de buena fe y sin afán de protagonismo, ni más ni menos lo que apoyan los países cooperantes.

No se trata de demandar mucho, sino solo lo que ya está prescrito en la Carta de las Naciones Unidas y en el derecho interno de Honduras.

Noticias Relacionadas

Opinión

Secreto y corrupción

18 de abril de 2022
Opinión

Arturo Alvarado Sánchez: el huracán del odio

7 de abril de 2022
Opinión

El camino

21 de marzo de 2022

Recomendado

Un terremoto de 6,9 sacude el norte de Japón y se percibe en Tokio
Internacionales

Un terremoto de 6,9 sacude el norte de Japón y se percibe en Tokio

24 de junio de 2026
15 hospitales públicos a nivel nacional serán remodelados anunció el presidente Asfura
Nacionales

15 hospitales públicos a nivel nacional serán remodelados anunció el presidente Asfura

25 de junio de 2026
3-0. Francia se instala en dieciseisavos con goleada a Irak y doblete de Mbappé
Deportes

3-0. Francia se instala en dieciseisavos con goleada a Irak y doblete de Mbappé

22 de junio de 2026
RadioAmerica-En-Vivo

Lo Más Visto

  • Licencia de conducir en Honduras: estas son las oportunidades que tienes para aprobar el examen

    Licencia de conducir en Honduras: estas son las oportunidades que tienes para aprobar el examen

    95 Compartidos
    Compartida 38 Tweet 24
  • Partido Democracia Cristiana desvincula al diputado Godofredo Fajardo

    34 Compartidos
    Compartida 14 Tweet 9
  • Policía captura a Celeo Bautista Rodríguez acusado por varios asesinatos en Tocoa, Colón

    32 Compartidos
    Compartida 13 Tweet 8
  • ¡Jugosos salarios! L207 mil paga Honduras a cada Interventor de Invest-H

    53 Compartidos
    Compartida 21 Tweet 13
  • Apoderado legal de Juan Orlando Hernández le solicita a la CSJ revoquen la orden de captura para que ingrese al país sin ser capturado

    26 Compartidos
    Compartida 10 Tweet 7
RadioAmerica-Web

Radio América © 2026 Grupo América.

Todos los derechos reservados.

Disponible en todas las plataformas móviles.

Huawei-appgallery-radioamerica
Apple-Store-RadioAmerica
Google-Store-RadioAmerica

No Result
View All Result
  • Inicio
  • Nacionales
  • Internacionales
  • Deportes
  • Opinion
  • Videos
  • Podcast
    • Conecta2
    • Dimensión Migratoria
    • En el Radar
    • Siempre, sobre la jugada
    • Liderazgo Femenino
    • Frenemos las tragedias viales – Podcast
  • EN VIVO
  • Servicios
    • Programación
    • Contáctenos
    • Quienes somos
    • Redes Sociales

Radio América © 2026 Grupo América. Todos los derechos resservados