Radio América. El magistrado del Tribunal de Justicia Electoral (TJE), Mario Morazán, este sábado reaccionó respecto a la resolución del órgano colegiado de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), quien ayer viernes, por unanimidad de votos, declaró «inadmisible» la solicitud de antejuicio presentado por el Ministerio Público en contra de los magistrados Mario Flores Urrutia y Miriam Suyapa Barahona Rodríguez.
En cuanto al anuncio de que se presentarán requerimientos contra los magistrados del TJE, Flores Urrutia y Barahona Rodríguez, ante eso, el entrevistado manifestó, «me parece que eso es un antecedente importante porque es la primera vez en la historia de Honduras que de parte del MP presenta una acción en contra de magistrados activos, ya sea de la Corte Suprema de Justicia o del Tribunal de Justicia Electoral que la ley los equipara».
«Lo que está diciendo la Corte Suprema de Justicia a través de los tres magistrados es que, lo que procede es únicamente la presentación del requerimiento fiscal ya que la figura del antejuicio es para jueces de paz, de Letras, jueces de Tribunal de Sentencia y de Corte de Apelaciones, pero no nos aplica a nosotros como magistrados del Tribunal de Justicia Electoral», explicó Morazán.
Ante eso, el magistrado electoral cree «que el Ministerio Público quiso ser en extremo garantista por ser el primer caso, pero la Corte Suprema de Justicia le dice que no aplica el antejuicio, sino que se debe presentar directamente el requerimiento fiscal si ya se ha completado la investigación inicial como ese caso».
«Simplemente lo que nos está diciendo la Corte es que el trámite el antejuicio no es necesario y pertinente porque nosotros somo jueces de carrera, sino jueces electos de segundo grado y altos funcionarios, por lo que hay un procedimiento especial diseñado por el Código Procesal», Morazán.
El profesional del derecho subrayó que «la Corte Suprema ha dicho que no aplica la figura del antejuicio para los magistrados del Tribunal de Justicia Electoral porque no somos jueces de carrera, entonces, lo que aplica es la presentación de requerimiento fiscal en el marco del procedimiento para altos funcionarios del Estado».
Detalló que el juicio político tiene como propósito la responsabilidad política del funcionario que puede llevar a la destitución por parte de quien lo ha electo, en este caso de segundo grado por parte del Congreso Nacional.
En cambio, precisó, «lo que está haciendo el Ministerio Público está orientado a la responsabilidad penal derivado de un hecho ilícito, en este caso de prevaricato judicial».
«Yo no soy parte, solo cumplí con lo que dice el artículo 27 de poner en conocimiento del Ministerio Público cuando hay hechos que pueden ser constitutivos de delito», puntualizó el magistrado del TJE, Mario Morazán.
Información: Douglas Varela
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