Radio América. El comisionado del Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP), Julio Vladimir Mendoza, manifestó este lunes que el contrato de la adquisición de la vacuna rusa Sputnik V ya está publicado en el portal de emergencia del covid-19.
Precisó que desde el pasado jueves la Secretaría de Salud procedió a publicar en dicho portal toda la información relacionada con la compra de la vacuna rusa Sputnik V.
No obstante, dijo que en dicho contrato no aparecen los tiempos de entrega del antídoto porque apuntó más que un contrato de compra-venta es un contrato de promesa de compra-venta la que suscribió el Estado de Honduras con la empresa mercantil “Humans Vaccine LLC”.
Según lo publicado en el diario oficial La Gaceta, se aprobó la clasificación de información reservada relacionada a la cláusula de propiedad intelectual sobre los datos bancarios del vendedor, datos bancarios del comprador del contrato de suministros para la adquisición de vacunas Sputnik V suscrito entre la Secretaría de Salud y la empresa mercantil antes mencionada.
Además, la publicación de La Gaceta señala que de acuerdo a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la información será calificada como reservada, y tendrá ese carácter mientras subsista la causa que dio origen a la reserva hasta por un período máximo de 10 años.
En ese sentido, Mendoza explicó que el fin primordial de la Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública es que las instituciones estatales publiquen de forma obligatoria toda la información en los portales del IAIP.
Aclaró que no son un ente como el Tribunal Superior de Cuentas (TSC) o Ministerio Público (MP), sino que son una entidad encargada de poner a disposición la información de manera íntegra.
Secretividad en dos cláusulas del contrato
Respecto al tema, dijo que ha existido una mala interpretación en cuanto a la reserva por un periodo de 10 años.
“No es 10 años, es hasta 10 años, lo que significa que si la contractualidad del contrato dura un término de 10 años, la reserva de información sería en un término de 10 años, por el contrario, si la relación contractual finaliza mañana, la reserva de la información quedaría sin lugar y efecto, es por eso se le colocó hasta un término de 10 años”, amplió el comisionado.
Seguidamente, referente a la información reservada sobre los datos bancarios, dijo que la misma no puede ser pública porque “puede venir otra persona y agarrar la clave y quedarse con la clave”.
Con información de Javier Rivera












