Radio América. De acuerdo al abogado René Altamirano, la Unidad Fiscal Especializada Contra Redes de Corrupción (Uferco), se quedó corta en las acusaciones contra red de corrupción en el Congreso Nacional de la República de Honduras.
La Uferco presentó en las últimas horas un requerimiento fiscal contra un diputado, cuatro excongresistas, dos representantes legales y dos contadores de Organizaciones No Gubernamentales (ONG’s) y cinco particulares.
Se trata del actual diputado Alberto Chedrani Castañeda y de los exparlamentarios José Oswaldo Ramos Soto, Ricardo Antonio Díaz Aceituno, José Vicente León Rojas y Rodimiro Mejía Merino a quienes se les vincula a operaciones fraudulentas y saqueo de fondos del Congreso Nacional.
Las imputaciones contra Chedrani Castañeda y León Rojas son por fraude y lavado de activos y en el caso de Ramos Soto, Díaz Aceituno y Mejía Merino por fraude.
Inicialmente el profesional del derecho hizo referencia al artículo 204 de la Constitución de la República que prohíbe que los diputados tengan contratos o cualquier tipo de negocios que les permitan acceder a recursos del Estado.
“Es decir que la Constitución prohíbe que los diputados administren dinero del Estado, inclusive, me parece que esto tiene que ver con la iniciativa que el Fondo Departamental como tal desaparezca y los diputados se dediquen a la tarea de legislar”, opinó.
El artículo 204 establece que ningún diputado podrá tener en arrendamiento, directa o indirectamente, bienes del Estado u obtener de este contratos o concesiones de ninguna clase. Los actos en contravención a esta disposición producirán nulidad absoluta de pleno derecho.
Por otra parte, el experto en leyes manifestó que las personas acusadas de lavado de activos y que de acuerdo a las reformas que se realizaron en noviembre, para ser imputado requiere que se acredite un delito precedente, y a su consideración en lo que pueden incurrir estos exfuncionarios puede ser en malversación de caudales públicos.
“De manera que si se acusa de lavado de activos a un diputado o exdiputado debe acusarse también por fraude contra el Estado o malversación de caudales porque actúan en su condición de funcionarios y obtienen una gran cantidad de dinero que no pueden justificar e incurren en el delito de enriquecimiento ilícito”, amplió Altamirano.
Con información de Estela Rovelo